{"id":36517,"date":"2016-11-06T12:58:08","date_gmt":"2016-11-06T10:58:08","guid":{"rendered":"http:\/\/www.floracantabrica.com\/?p=36517"},"modified":"2016-11-06T12:58:08","modified_gmt":"2016-11-06T10:58:08","slug":"transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/?p=36517","title":{"rendered":"Transnacionales y derechos humanos: la auto-regulaci\u00f3n nunca funcion\u00f3\u2026"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/twitter.com\/share?url=https%3A%2F%2Fwww.floracantabrica.com%2F%3Fp%3D36517&amp;count=none&amp;lang=es&amp;via=lorencincoreses&amp;related=Mujerverdosa&amp;text=Transnacionales y derechos humanos: la auto-regulaci\u00f3n nunca funcion\u00f3\u2026    - Flora Cant\u00e1brica\" class=\"twitter-share-button\">Tweet<\/a><\/p><p>&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;..<\/p>\n<p><script src=\"\/\/www.google-analytics.com\/analytics.js\" async=\"\"><\/script><script>\/\/ <![CDATA[\n(function(H){H.className=H.className.replace(\/\\bno-js\\b\/,'js')})(document.documentElement)\n\/\/ ]]><\/script><\/p>\n<div class=\"page\">\n<div class=\"content\">\n<div id=\"system-main\" class=\"block-system\">\n<div class=\"ds-1col node-article view-mode-full  clearfix\">\n<h1><span style=\"color: #ff0000;\">Transnacionales y derechos humanos: la auto-regulaci\u00f3n nunca funcion\u00f3\u2026<\/span><\/h1>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 36pt;\">\u00a0tni<\/span><\/p>\n<p>&#8230;&#8230;<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.floracantabrica.com\/wp-content\/uploads\/2016\/10\/image00294.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-36440\" src=\"http:\/\/www.floracantabrica.com\/wp-content\/uploads\/2016\/10\/image00294.jpg\" alt=\"image002\" width=\"567\" height=\"653\" srcset=\"https:\/\/www.floracantabrica.com\/wp-content\/uploads\/2016\/10\/image00294.jpg 567w, https:\/\/www.floracantabrica.com\/wp-content\/uploads\/2016\/10\/image00294-260x300.jpg 260w\" sizes=\"auto, (max-width: 567px) 100vw, 567px\" \/><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;<\/p>\n<p><script src=\"\/\/www.google-analytics.com\/analytics.js\" async=\"\" type=\"mce-no\/type\"><\/script><script type=\"mce-no\/type\">\/\/ <![CDATA[\n(function(H){H.className=H.className.replace(\/\\bno-js\\b\/,'js')})(document.documentElement)\n\/\/ ]]><\/script><span style=\"font-size: 14pt;\">Transnacionales y derechos humanos: la auto-regulaci\u00f3n nunca funcion\u00f3\u2026 | Transnational Institute<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<div class=\"page\">\n<div class=\"content\">\n<div id=\"system-main\" class=\"block-system\">\n<div class=\"ds-1col node-article view-mode-full  clearfix\">\n<div class=\"subtitle h2\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Campa\u00f1a Global para Desmantelar el Poder de las Transnacionales<\/span><\/div>\n<div class=\"meta meta-date\"><span style=\"font-size: 14pt;\">\u00a0<\/span><\/div>\n<div class=\"meta meta-date\"><\/div>\n<div class=\"meta meta-date\"><\/div>\n<div class=\"meta meta-date\"><\/div>\n<div class=\"meta meta-date\"><\/div>\n<div class=\"meta meta-type\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Article<\/span><\/div>\n<div class=\"intro\">\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">La Campa\u00f1a Global para Desmantelar el Poder de las Transnacionales y Poner fin a su Impunidad es una iniciativa de movimientos sociales y comunidades de todo el mundo que buscan denunciar la arquitectura de impunidad de la que gozan la grandes empresas y que est\u00e1 abogando por un tratado vincultante para que estas respondan por sus abusos<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">,,,,,,,<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">,,,,,,<\/span><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"page\">\n<div class=\"content\">\n<div id=\"system-main\" class=\"block-system\">\n<div class=\"ds-1col node-article view-mode-full  clearfix\">\n<div class=\"body\">\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">\u201cLa auto-regulaci\u00f3n nunca funcion\u00f3. Necesitamos normas vinculantes. Ya\u201d. Tal fue el mensaje de Alfred de Zayas, Experto Independiente de las Naciones Unidas (ONU) para la promoci\u00f3n de un Orden Internacional Democr\u00e1tico y Equitativo. Se estaba pronunciando en el Parlamento de Catalu\u00f1a, en la Jornada sobre \u201cEmpresas transnacionales y Derechos Humanos: el camino hacia las normas vinculantes\u201d y hac\u00eda referencia a la obligaci\u00f3n que tienen las transnacionales de respetar los derechos humanos all\u00ed donde operen. Por sorprendente que parezca, a pesar del reconocimiento de la universalidad de los derechos humanos, existe un vac\u00edo en la protecci\u00f3n efectiva a nivel internacional. En este art\u00edculo explicamos qu\u00e9 implica dicho vac\u00edo y c\u00f3mo, desde un proceso de movilizaci\u00f3n que adquiere un car\u00e1cter crecientemente global, se pretende revertir esta situaci\u00f3n ofreciendo alternativas concretas.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">Uno de los principales rasgos del proceso de globalizaci\u00f3n capitalista se ubica en una evidente asimetr\u00eda, mediada por la mayor\u00eda de los Estados, que caracteriza las relaciones entre las empresas transnacionales y los pueblos. Se articula as\u00ed una relaci\u00f3n desigual entre las corporaciones, que sit\u00faan sus intereses como cuestiones prioritarias en las pol\u00edticas p\u00fablicas, y el resto de la poblaci\u00f3n que ve c\u00f3mo sus derechos quedan subordinados al poder de las grandes multinacionales. Es la nueva lex mercatoria; los intereses de las empresas transnacionales quedan protegidos con gran eficacia a trav\u00e9s del conjunto de contratos, normas de comercio e inversiones de car\u00e1cter multilateral, regional y bilateral y las decisiones de los tribunales arbitrales internacionales, como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial. En cambio, no existen mecanismos e instancias que puedan garantizar el cumplimiento de los derechos de las mayor\u00edas sociales y de la Naturaleza.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">A nivel global, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo registra m\u00e1s de 3.400 Acuerdos y Tratados de libre comercio y protecci\u00f3n de las inversiones, que establecen marcos jur\u00eddicos vinculantes.<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#1\" rel=\"nofollow\"><strong>1<\/strong><\/a> En Europa, este tema ha cobrado fuerza en los medios de comunicaci\u00f3n ante la pol\u00e9mica negociaci\u00f3n con los Estados Unidos de la \u201cAsociaci\u00f3n Transatl\u00e1ntica para el Comercio y la Inversi\u00f3n\u201d (TTIP por sus siglas en ingl\u00e9s), y del \u201cAcuerdo integral de Econom\u00eda y Comercio\u201d entre la Uni\u00f3n Europea y Canad\u00e1 (CETA por sus siglas en ingl\u00e9s). En la l\u00ednea de mira se ubica la erosi\u00f3n democr\u00e1tica que implican un proceso de negociaci\u00f3n en secreto, as\u00ed como aspectos espec\u00edficos como la cooperaci\u00f3n reguladora \u2012armonizaci\u00f3n a la baja de la normativa laboral, social y ambiental\u2012 o los mecanismos de arbitraje inversor-Estado \u2012a partir de las cuales, las transnacionales pueden demandar a un Estado a tribunales de arbitrajes cuando consideren que sus intereses son vulnerados\u2012.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">Son problem\u00e1ticas que llevan palpando de cerca la mayor\u00eda de pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina, \u00c1frica y Asia, bajo la presi\u00f3n de los Estados Unidos (EE.UU) y de la Uni\u00f3n Europea (UE) para la firma de tratados similares. Esto llega a poner en jaque las din\u00e1micas regionales que podr\u00edan fortalecer a las econom\u00edas de los pa\u00edses m\u00e1s empobrecidos. Tal fue el caso de la fractura de la Comunidad Andina de Naciones en raz\u00f3n de la firma de tratados bilaterales con EE.UU. y la UE. Resulta dif\u00edcil resistir, tal y como lo ilustra el ultim\u00e1tum que la UE puso recientemente a varios pa\u00edses africanos para la firma y entrada en vigor provisional (previa a la ratificaci\u00f3n por parte de sus parlamentos) de los Acuerdos de Asociaci\u00f3n Econ\u00f3mica (EPAs por sus siglas en ingl\u00e9s). En caso de oposici\u00f3n, la amenaza consiste en aumentar de forma insostenible los derechos de aduana sobre las importaciones europeas, lo cual tendr\u00eda una inmediata consecuencia negativa sobre pa\u00edses que se han consolidado en la l\u00f3gica primario-exportadora.<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#2\" rel=\"nofollow\"><strong>2<\/strong><\/a><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">No entraremos aqu\u00ed en el car\u00e1cter profundamente conflictivo y anti-democr\u00e1tico que tiene el r\u00e9gimen de comercio e inversiones que se ha ido implantando, ya que existe una extensa literatura al respecto.<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#2\" rel=\"nofollow\"><strong>3<\/strong><\/a> Lo que nos interesa apuntar es un aspecto espec\u00edfico: el contraste entre las normas vinculantes que protegen los intereses de los inversionistas y el derecho fr\u00e1gil que representa el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, incapaz de \u201ccontrarrestar\u201d la fortaleza de la lex mercatoria. La desigualdad es a\u00fan m\u00e1s patente cuando se plantean los c\u00f3digos voluntarios como la f\u00f3rmula para que las multinacionales respeten los derechos humanos. Adem\u00e1s de acabar privatizando la justicia mediante la instauraci\u00f3n de sistemas de arbitraje que se sit\u00faan por encima de las legislaciones nacionales o del derecho internacional, la asimetr\u00eda se materializa en las preocupantes dificultades que encuentran las comunidades y personas afectadas en hacer valer sus derechos. Es ah\u00ed donde la violaci\u00f3n de los derechos humanos, de los Derechos de los Pueblos y de la Naturaleza se vuelve sistem\u00e1tica e inherente a las operaciones de las empresas transnacionales, y donde se consolida una aut\u00e9ntica \u201cArquitectura de la Impunidad\u201d,<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#4\" rel=\"nofollow\"><strong>4<\/strong><\/a> a medida que avanzan la desposesi\u00f3n y la apropiaci\u00f3n de los bienes comunes.<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#5\" rel=\"nofollow\"><strong>5<\/strong><\/a> Lamentablemente los ejemplos de impunidad sobran y se han llevado miles de vidas por delante, entre \u201caccidentes\u201d causados por la b\u00fasqueda desenfrenada de abaratamiento de las condiciones de producci\u00f3n y la represi\u00f3n de las protestas populares: Bophal en la India, Rana Plaza en Bangladesh, la destrucci\u00f3n petrolera del Delta del N\u00edger a cargo de empresas como Shell, el desastre ambiental causado por Chevron-Texaco en la Amazon\u00eda ecuatoriana y por la Vale en el Estado brasile\u00f1o de Mariana, la masacre de Marikana en Sud\u00e1frica\u2026<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">Frente a esta situaci\u00f3n, la resistencia popular nunca se ha detenido. Se ha ido organizando y cobrando un car\u00e1cter s\u00f3lidamente enraizado en lo local pero pujando por coordinarse crecientemente a nivel regional e internacional. Nos referiremos a una articulaci\u00f3n concreta: la Campa\u00f1a Global para Desmantelar el Poder de las Transnacionales y Poner fin a su Impunidad,<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#6\" rel=\"nofollow\"><strong>6<\/strong><\/a> que cuenta con cerca de 200 organizaciones y movimientos sociales de \u00c1frica, Asia, Europa y las Am\u00e9ricas. Entre sus principales antecedentes se ubica la Red Birregional Enlazando Alternativas entre Europa y Am\u00e9rica Latina y el Caribe.<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#7\" rel=\"nofollow\"><strong>7<\/strong><\/a> Entre las diferentes labores de la red, cabe destacar la organizaci\u00f3n, en la l\u00ednea de los Tribunales de opini\u00f3n Russell, de varias sesiones del Tribunal Permanente de los Pueblos. Esto permiti\u00f3 a comunidades afectadas por las operaciones de transnacionales europeas en Am\u00e9rica Latina, construir casos de denuncia expl\u00edcita, en coordinaci\u00f3n con organizaciones de la sociedad civil europea. En las sesiones y audiencias de Viena (2006),<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#8\" rel=\"nofollow\"><strong>8<\/strong><\/a> Lima (2008),<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#9\" rel=\"nofollow\"><strong>9<\/strong><\/a> Madrid (2010),<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#10\" rel=\"nofollow\"><strong>10<\/strong><\/a> Ginebra (2014),<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#11\" rel=\"nofollow\"><strong>11<\/strong><\/a> fue desfilando el capital europeo activo en diferentes sectores. De forma recurrente, empresas como Repsol, BP, Shell, HSBC, Glencore, Suez (hoy Engie), Rabobank, BBVA, Unilever, Telef\u00f3nica, Andritz, Bennetton, Uni\u00f3n Fenosa-Gaz Natural, Iberdrola, Veolia, Thyssen Krupp, Syngenta, Bayer, Endesa, Louis Dreyfus, Nestl\u00e9, entre otras, fueron apuntadas por la participaci\u00f3n en la violaci\u00f3n sistem\u00e1tica de los derechos humanos. Pero el an\u00e1lisis colectivo tambi\u00e9n se\u00f1al\u00f3 a la captura corporativa de la cual son objeto las instituciones y gobiernos europeos, que promueven y defienden activamente al capital privado europeo.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">A partir de la articulaci\u00f3n de organizaciones y redes consolidada en la Red Enlazando Alternativas se abord\u00f3 la necesidad de generar un movimiento global para frenar los impactos y la impunidad de las multinacionales. Es as\u00ed como se cre\u00f3 la Campa\u00f1a Global para Desmantelar el Poder de las Transnacionales y Poner fin a su Impunidad, que fue lanzada en 2012 con el objetivo de recoger las experiencias populares de denuncia y de articulaci\u00f3n de espacios de contrapoder y alternativas, extendi\u00e9ndose m\u00e1s all\u00e1 de Am\u00e9rica Latina y Europa, al resto de continentes.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">Adem\u00e1s de mantener y desarrollar ejes como la movilizaci\u00f3n popular y la solidaridad, la Campa\u00f1a Global ha gestado el Tratado Internacional de los Pueblos para el Control de las Empresas Transnacionales,<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#12\" rel=\"nofollow\"><strong>12<\/strong><\/a> como un instrumento pol\u00edtico que permite sentar las bases de una visi\u00f3n alternativa de la ley y de la justicia, desde los Pueblos, \u201cdesde abajo\u201d. Asimismo, pretende ofrecer un marco para el intercambio y la creaci\u00f3n de alianzas entre comunidades y movimientos sociales en aras de reclamar el espacio p\u00fablico, ocupado por los poderes corporativos. Para ello, comprende propuestas concretas en dos dimensiones centrales: la dimensi\u00f3n jur\u00eddica y la dimensi\u00f3n de las alternativas. Esta \u00faltima recoge un n\u00famero sustancial de experiencias, reivindicaciones y pr\u00e1cticas que pretenden reclamar la democracia y re-significar el inter\u00e9s p\u00fablico, construir las soberan\u00edas de los Pueblos y defender los derechos colectivos, y demostrar la existencia de econom\u00edas alternativas.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">En lo que ata\u00f1e a la dimensi\u00f3n jur\u00eddica, es importante resaltar que el Tratado de los Pueblos tiene por objetivo central el someter la arquitectura jur\u00eddico-pol\u00edtica que sustenta el poder de las transnacionales, a normas y reglas de protecci\u00f3n de los derechos humanos. Podemos destacar dos estrategias que surgen a partir del Tratado de los Pueblos y que est\u00e1n actualmente en marcha.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">La primera de ellas se despliega en el \u00e1mbito de las Naciones Unidas, concretamente dentro del Consejo de Derechos Humanos, y disputa el espacio del multilateralismo, particularmente capturado por las empresas transnacionales. Aqu\u00ed, afirmando la superioridad jer\u00e1rquica del Derecho Internacional de los Derechos Humanos frente a las normas de comercio e inversiones, nacionales e internacionales, se participa en el establecimiento de normas vinculantes para que las transnacionales se vean obligadas a respetar los derechos humanos. Desde la d\u00e9cada de los a\u00f1os 70, el control de las operaciones de las transnacionales ha sido sujeto de preocupaci\u00f3n en las Naciones Unidas. Se realizaron diferentes pero infructuosos intentos por afianzar mecanismos que las obligaran a respetar los derechos.<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#13\" rel=\"nofollow\"><strong>13<\/strong><\/a> El m\u00e1s reciente fue aquel realizado por un Grupo de Trabajo creado por la Subcomisi\u00f3n de Promoci\u00f3n y Protecci\u00f3n de los Derechos Humanos, que elabor\u00f3 un proyecto de Normas de las Naciones Unidas sobre la Responsabilidad de las Empresas Transnacionales y otras Empresas Comerciales, aprobado por la Subcomisi\u00f3n en 2003.<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#14\" rel=\"nofollow\"><strong>14<\/strong><\/a> Las empresas transnacionales reaccionaron en contra del proyecto mediante un documento firmado por la C\u00e1mara de Comercio Internacional y la Organizaci\u00f3n Internacional de Empleadores. En \u00e9l se afirmaba que el proyecto de la Subcomisi\u00f3n socavaba los derechos humanos, los derechos y los leg\u00edtimos intereses de las empresas privadas. Tambi\u00e9n se apuntaba que las obligaciones en materia de derechos humanos correspond\u00edan a los Estados y no a los actores privados, y se exhortaba a la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a rechazar el proyecto aprobado por la Subcomisi\u00f3n. Esta cedi\u00f3 en 2005 y dio paso al establecimiento de c\u00f3digos voluntarios basados en la auto-regulaci\u00f3n de las empresas: los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, aprobados por el Consejo de Derechos Humanos en 2011.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">La principal caracter\u00edstica de los Principios Rectores se sustenta en la ausencia de toda obligaci\u00f3n jur\u00eddica, manteniendo por tanto intacto el r\u00e9gimen de impunidad. Ante esta situaci\u00f3n, en 2013, una Declaraci\u00f3n a nivel de las Naciones Unidas liderada por Ecuador y suscrita por el Grupo Africano, el Grupo de Pa\u00edses \u00c1rabes, Pakist\u00e1n, Kirguist\u00e1n, Sri Lanka, Bolivia, Cuba, Nicaragua, Venezuela y Per\u00fa, inici\u00f3 un proceso de demanda de normas vinculantes. En 2014, gracias a la presi\u00f3n conjunta de dichos gobiernos y de la sociedad civil, s\u00f3lidamente articulada en torno a la Campa\u00f1a Global y la Alianza para el Tratado,<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#15\" rel=\"nofollow\"><strong>15<\/strong><\/a> el Consejo de Derechos Humanos dio un paso hist\u00f3rico. Adopt\u00f3 la Resoluci\u00f3n 26\/9<a href=\"https:\/\/www.tni.org\/es\/art%C3%ADculo\/transnacionales-y-derechos-humanos-la-auto-regulacion-nunca-funciono#16\" rel=\"nofollow\"><strong>16<\/strong><\/a> que estableci\u00f3 un Grupo de Trabajo Intergubernamental de composici\u00f3n abierta, cuyo mandato consiste en elaborar un instrumento jur\u00eddicamente vinculante para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas en el derecho internacional de los derechos humanos.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">La Resoluci\u00f3n fue aceptada a pesar de la firme oposici\u00f3n de los Estados Unidos y de la Uni\u00f3n Europea, que hicieron lo posible en aquel momento, y durante la Primera Sesi\u00f3n del Grupo de Trabajo, en 2015, por hacer descarrilar el proceso. Sin embargo, este ya est\u00e1 en marcha y en octubre de 2016 tendr\u00e1 lugar la Segunda Sesi\u00f3n del Grupo de Trabajo. La Campa\u00f1a Global ha ido elaborando propuestas a partir del trabajo realizado en el Tratado Internacional de los Pueblos. Mediante mecanismos de consulta interna, se ha hecho llegar las exigencias contenidas en el Tratado con el fin de que el instrumento vinculante de la ONU responda a las necesidades concretas de las comunidades y colectivos de personas afectadas por las grandes corporaciones. Por ejemplo, propone que el instrumento enfoque directamente a estas empresas, las cuales, precisamente por su car\u00e1cter transnacional, su versatilidad econ\u00f3mica y jur\u00eddica y las complejas estructuras que usan para evadir las leyes y las regulaciones nacionales e internacionales. Afirma tambi\u00e9n que el instrumento debe incluir al conjunto de derechos humanos, detallando obligaciones espec\u00edficas, adem\u00e1s de disposiciones relativas a ciertos grupos vulnerables y especialmente afectados, como son: los\/as j\u00f3venes, lo\/as ni\u00f1o\/as, las mujeres, lo\/as migrantes, los Pueblos Ind\u00edgenas, lo\/as defensores\/as de derechos humanos. Otros puntos esenciales radican en: la necesidad de que las obligaciones extraterritoriales sean incluidas; que se reafirme la superioridad jer\u00e1rquica de las normas de derechos humanos sobre las normas comerciales; que se establezca la responsabilidad civil y penal de las empresas y sus directivos, as\u00ed como la responsabilidad solidaria de las empresas por las actividades de sus filiales, proveedoras, licenciatarios y subcontratistas. La inclusi\u00f3n de obligaciones de las instituciones financieras y econ\u00f3micas internacionales y regionales tambi\u00e9n se incluye entre las propuestas, as\u00ed como la protecci\u00f3n de las negociaciones frente a la propia captura corporativa.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">Evidentemente, el Instrumento no podr\u00eda ser vinculante si careciera de mecanismos que faciliten el control de su aplicaci\u00f3n. Por ello, otra propuesta central de la Campa\u00f1a Global se ubica en una Corte Mundial sobre Transnacionales y Derechos Humanos, que se complemente con los mecanismos nacionales, regionales e internacionales. La Corte se encargar\u00e1 de recibir, investigar y juzgar las denuncias interpuestas contra las transnacionales. Asimismo, un \u00f3rgano de tratado (Comit\u00e9) deber\u00e1 ser establecido para controlar si los Estados y las transnacionales respetan sus obligaciones y aplican el tratado. De forma complementaria, la Campa\u00f1a propone el Centro P\u00fablico para el Control de las transnacionales, que tendr\u00eda por mandato analizar, investigar, documentar e inspeccionar las pr\u00e1cticas de las empresas y sus impactos sobre los derechos humanos.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">La segunda de las estrategias que derivan del Tratado de los Pueblos es la relativa a la creaci\u00f3n de un Centro pero, a diferencia del exigido en el \u00e1mbito de la ONU, su gesti\u00f3n y desarrollo est\u00e1 \u00fanicamente vinculado a organizaciones sociales, sectores cr\u00edticos de la academia y comunidades afectadas. Esta apuesta es parte del ejercicio de la soberan\u00eda de los Pueblos. La Campa\u00f1a ha considerado que no se puede esperar a que los Estados decidan lo que hay que hacer en \u00e1mbitos como la ONU respecto al control de las empresas transnacionales; desde los movimientos sociales tenemos que iniciar la aplicaci\u00f3n y concreci\u00f3n de algunas propuestas del Tratado de los Pueblos.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">La configuraci\u00f3n del Centro parte de una decisi\u00f3n colectiva y debe ser impulsada desde \u201cabajo\u201d, desde las comunidades y movimientos de la campa\u00f1a para coordinar alternativas concretas con las denuncias y movilizaciones contra el sistema general de impunidad de las empresas transnacionales. Actualmente se est\u00e1 trabajando en un proceso de consulta interna para sentar las bases de dicho espacio. Entre sus objetivos se incluir\u00eda la sistematizaci\u00f3n de investigaciones y casos documentados, la elaboraci\u00f3n de herramientas de formaci\u00f3n y de apoyo, as\u00ed como la coordinaci\u00f3n con las organizaciones que ya documentan casos, la difusi\u00f3n y el apoyo a la denuncia social, pol\u00edtica y legal. Este \u00faltimo objetivo se articula con la b\u00fasqueda de v\u00edas de exigibilidad a distintos niveles.<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">Sin lugar a dudas son procesos de largo aliento. Y en el marco de una confrontaci\u00f3n con actores econ\u00f3micamente muy poderosos que corren un riesgo nada desde\u00f1able de que desmorone la arquitectura que sostiene su impunidad. Por ello, son momentos en los cuales se deben cuidar los espacios que han sido conformados con los esfuerzos de cientos de organizaciones, redes y movimientos sociales activos en todo el planeta. Se trata de una labor muy seria, en la cual se requerir\u00e1n muchas manos, mucha sabidur\u00eda, imaginaci\u00f3n y valent\u00eda. Nos lo debemos y se lo debemos a las v\u00edctimas de las empresas transnacionales. No hay marcha atr\u00e1<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tweet&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. Transnacionales y derechos humanos: la auto-regulaci\u00f3n nunca funcion\u00f3\u2026 &nbsp; &nbsp; \u00a0tni &#8230;&#8230; &nbsp; &#8230;&#8230;&#8230;&#8230; Transnacionales y derechos humanos: la auto-regulaci\u00f3n nunca funcion\u00f3\u2026 | Transnational Institute &nbsp; &nbsp; Campa\u00f1a Global para Desmantelar el Poder de las Transnacionales \u00a0 Article La Campa\u00f1a Global para Desmantelar el Poder de las Transnacionales y Poner fin a su Impunidad [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4,7],"tags":[],"class_list":["post-36517","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-divulgacion","category-mis-dibujos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/36517","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=36517"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/36517\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":36532,"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/36517\/revisions\/36532"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=36517"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=36517"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.floracantabrica.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=36517"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}